Tasas de Recargos
Mes | Mora | Prórroga |
---|---|---|
Enero - Diciembre | 1.47% * | 0.98% ** |
*El artículo 21 del Código Fiscal de la Federación establece la aplicación de la tasa de recargos para cada uno de los meses de mora; para el caso será la que resulte de incrementar en 50% la tasa prevista para ellos y por prórroga será de 0.75%. Ver artículo 8º. de la Ley de Ingresos de la Federación.
**El artículo 8 de la Ley de Ingresos de la Federación para 2017, establece que, cuando conforme al Código se permita que la tasa de recargos por prorroga incluya actualización, la tasa de recargos será de 1 % mensual en pagos a plazos en parcialidades hasta por 12 meses; en el caso de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.25% mensual y 1.50% si se trata de pagos de superiores a 24 meses, así como en pagos a plazo diferido.