Aplicativo en materia de subcontratación laboral disponible a partir de enero de 2018

Aplicativo en materia de subcontratación laboral disponible a partir de enero de 2018

Derivado de las reformas en materia de subcontratación laboral implementadas en 2017, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) en el artículo 27, fracción V, y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) en el artículo 5, fracción II, para efectos de deducir y acreditar los impuestos relacionados con las mismas, señalan la obligación de las empresas prestadoras de dichos servicios, poner a disposición de los contratantes información relativa al pago de impuestos y contribuciones de seguridad social, así como copia de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por concepto de pago de sueldos y salarios.

Derivado de lo anterior, la autoridad ha puesto a disposición de los contribuyentes a partir del mes de enero del presente ejercicio un aplicativo informático en su portal de internet a través del cual los contratistas podrán poner a disposición de los contratantes la información que se hace mención en el párrafo anterior. Esta facilidad y mecanismos de la misma los señalan las Reglas 3.3.1.44 y 3.3.1.45 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2018.

Como comentario final, la autoridad implementó la facilidad señalada en el presente con el objeto de facilitar el intercambio de información en este tipo de relaciones comerciales y evitar la problemática de recabar la información directamente de los proveedores de dichos servicios, lo cual representa una carga administrativa mayor, además, en el caso de que no se lograra la obtención de dicha información los contratantes verían comprometida la deducción y acreditamiento de la erogación efectuada.

En caso de cualquier duda o aclaración en relación a lo descrito en el presente quedamos a la orden.